SIMONIT, ROGELIO DOMINGO -SUCESION- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad por extemporáneo y confirmó el rechazo de la vía extraordinaria. La resolución se fundamentó en el incumplimiento del plazo legal para presentar la queja.
¿Quién es el actor?
La doctora Betiana L. Ferrari, en carácter propio.
¿A quién se demanda?
La resolución n° 53 del 29 de marzo de 2023 dictada por la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La admisión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la rechazo de su recurso ante la tribunal de origen.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por extemporaneidad, confirmando que el recurso fue presentado fuera del plazo legal, y declaró perdido el depósito efectuado por la recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en el caso, efectuado el examen de admisibilidad que por mandato legal debe realizar esta Corte (artículo 8, ley 7055), se advierte incumplido dicho requerimiento, motivo por el cual el recurso directo habrá de rechazarse, habida cuenta que tal exigencia es inherente a la existencia o no de jurisdicción hábil al efecto de la potestad de dictar sentencia por este Tribunal". "Es que, tal como surge de las constancias de la causa, la doctora Betiana L. Ferrari fue notificada en fecha 30 de marzo de 2023... y presentó, en fecha 18 de abril de 2023, el escrito de queja... Siendo ello así, es patente que dicho remedio ha sido deducido extemporáneamente ya que entre ambas fechas transcurrió un término ampliamente superior al previsto legalmente". La resolución destaca la importancia del cumplimiento del plazo legal para la presentación del recurso, señalando que "siendo ello así, es patente que dicho remedio ha sido deducido extemporáneamente". "Por ello, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Rechazar la queja interpuesta. Declarar perdido para la recurrente el depósito efectuado". No se mencionan votos en disidencia.
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