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ROSSO, RAQUEL CRISTINA c/ POSSIO, BEATRIZ MATILDE JOSEFA Y OTROS s/ JUICIO DESALOJO (HONORARIOS)

La Cámara de Santa Fe rechazó los recursos de apelación y nulidad relacionados con la regulación de honorarios profesionales en un juicio de desalojo, confirmando la correcta aplicación del artículo 8, inciso d), de la Ley de Aranceles y la regularización de honorarios en base al avalúo fiscal.

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Actor: La parte actora en el expediente de desalojo y honorarios. Demandado: Beatriz Matilde Josefa Possio y otros. Objeto: Regulación de honorarios profesionales en ambas instancias, en base a una tasación del valor locativo del inmueble y en su defecto, el 15% del avalúo fiscal. Decisión: La Cámara rechazó los recursos de apelación y nulidad, confirmando la regularización de honorarios en base al 15% del avalúo fiscal, y consideró adecuada la interpretación de la norma que limita la tasación a la que surge del contrato de locación o de un procedimiento oficial, descartando la validez de tasaciones privadas sin procedimiento objetivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 344 del Código de Procedimientos establece que el recurso de revocatoria procede únicamente contra providencias, decretos y autos dictados sin sustanciación previa, sin participación de la contraparte. La ley 12.851, en su artículo 28, inciso d), dispone que en juicios sobre rescisión de contratos de locación y desalojos, la base regulatoria será la suma de tres años de alquileres, o en su defecto, el 15% del avalúo fiscal si no puede establecerse la renta anual. La interpretación de la norma indica que 'cuando no pudieran establecerse' se refiere a la imposibilidad de determinar la renta por la voluntad de las partes o por tasaciones privadas sin procedimiento objetivo, ya que no existe remisión al procedimiento del inciso c). Por ello, la valoración debe hacerse en base a la tasación oficial, y no a estimaciones privadas carentes de objetividad. La regulación en la causa fue correcta, pues se ajustó a la normativa vigente, descartando la aplicación de tasaciones privadas sin procedimiento oficial."

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