SABINI, ANGELO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL SABINI, ANGELO s/ DEFRAUDACION POR DESBARATAMIENTO DE DERECHOS ACORDADOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Tercera Circunscripción rechazó la queja del querellante contra la resolución que dispuso el sobreseimiento de Angelo Sabini por violación del plazo razonable, considerando que la decisión se fundamentó en un análisis pormenorizado de las circunstancias del proceso y la jurisprudencia aplicable.
- Quién demanda: La parte querellante, en ejercicio de la acción constitucional de inconstitucionalidad.
¿A quién se demanda?
La resolución del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Tercera Circunscripción Judicial.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que dispuso el sobreseimiento del imputado por afectación del derecho a un proceso en tiempo razonable.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior rechazó la queja por entender que la decisión del tribunal inferior fue fundada en un análisis adecuado de las circunstancias específicas del proceso y en la jurisprudencia consolidada, por lo que no existe vulneración constitucional que justifique su revisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis de los plazos en los procesos penales debe hacerse atendiendo a las características particulares de cada causa, como su complejidad, obstáculos procesales y actividades de las partes. En el presente caso, la Cámara de Alzada consideró que, aunque el proceso se extendió más allá de lo razonable, las circunstancias específicas, como la dificultad en acceder a ciertas pruebas, la suspensión por mediación y los cambios en el sistema procesal, justifican la demora. Además, se valoró que la actividad defensista fue intensa y que las resoluciones adversas no implicaron actuación abusiva. La jurisprudencia citada revela que no toda demora constituye una vulneración del derecho fundamental, especialmente cuando la decisión se fundamenta en un análisis concreto y detallado de la situación procesal." La Cámara también sostuvo que las críticas del recurrente no lograban demostrar que la resolución hubiera vulnerado garantías constitucionales, y que la evaluación realizada fue adecuada y fundada en la normativa y jurisprudencia aplicables.
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