GARAIS, MAURO DAMIAN JESUS c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,
La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe rechazó el recurso de Mauro Damian Jesús Garais contra la Provincia por la decisión de mantener en suspenso su ascenso y la constitucionalidad del Decreto N° 423/13. La sentencia fundamentó que la reglamentación cumple con la normativa vigente y no viola derechos constitucionales.
- Quién demanda: Mauro Damian Jesús Garais, en representación de su carrera policial, mediante recurso contencioso administrativo.
¿A quién se demanda?
a la Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
la declaración de inconstitucionalidad del art. 79 del Decreto Reglamentario N° 423/2013, la retroactividad del ascenso, y la reconstrucción de su carrera policial con efectos retroactivos desde 2012.
¿Qué se resolvió?
el tribunal consideró que la reglamentación no contraviene la Constitución, que la normativa vigente regula correctamente los ascensos y que la pretensión de retroactividad y reconocimiento de antigüedad en suspenso carece de sustento legal. Se concluyó que la administración actuó en conformidad con el derecho y que el recurso debe ser rechazado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Decreto N° 423/13 se ha ordenado a facilitar la aplicación de la ley, llenando o previendo detalles omitidos en la ley de personal policial. Ha significado, pues, su complementación sin que se demuestre una real y efectiva alteración del espíritu de la ley." "El control de constitucionalidad no consiste en analizar las bondades o defectos de las normas o actos, sino en verificar jurídicamente si media o no oposición con los principios contenidos en la Constitución." "El Decreto 423/13 cumple con el principio de legalidad y no viola los derechos constitucionales del recurrente." "El sistema normativo vigente y la jurisprudencia establecen que no procede la declaración de inconstitucionalidad de normas reglamentarias que complementan y reglamentan leyes, siempre que se respeten los principios constitucionales." "En suma, la pretensión de recomposición de la carrera policial en los términos peticionados no puede prosperar, y la administración actuó conforme a derecho en la designación y pago de diferencias salariales."
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