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MALDONADO, GONZALO EMANUEL, SACCHI, EZEQUIEL MAXIMILIANO, PEREYRA, RICARDO Y SACCHI, EDGARDO s/ ROBO DOBLEMENTE AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD PARA EL DISPARO NO PUEDE TENERSE POR ACREDITADA Y POR SER COMETIDO EN POBLADO Y EN BANDA, TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL, ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD PARA EL DISPARO NO PUEDE TENERSE POR ACREDITADA Y POR SER COMETIDO EN LUGAR POBLADO Y EN BANDA

La Cámara de Rosario confirmó parcialmente las condenas por robo agravado en banda y en poblado, ajustando penas a Edgardo Sacchi y Gonzalo Maldonado, y manteniendo la absolución por delitos de privación ilegítima de la libertad y violación de medidas sanitarias.

Apelacion Coautoria Pena privativa de libertad Participacion criminal Delitos de robo agravado Reduccion de penas Violencia con armas Justicia penal santa fe Pruebas telefonicas y videograficas Tribunales de rosario


¿Quién es el actor?

La Fiscalía de la Cámara de Rosario, en representación del Ministerio Público de la Acusación.

¿A quién se demanda?

Los condenados Edgardo Sacchi, Gonzalo Maldonado, Ricardo Pereyra y Ezequiel Sacchi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La modificación de las calificaciones legales, participación y montos de penas, particularmente la calificación de Edgardo Sacchi como coautor y la pena de cinco años y ocho meses, y la de Gonzalo Maldonado en la misma línea.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente las condenas, modificando la tipificación en cuanto a la participación de Sacchi y Maldonado, elevando las penas a cinco años y ocho meses para ambos, manteniendo las condenas para Pereyra y Sacchi en cuatro años, y desestimando recursos respecto a otros delitos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sala consideró que la participación de Edgardo Sacchi fue de coautoría, dado que planificó y coordinó los movimientos con los otros autores, como surge de las intervenciones telefónicas y las pruebas de cámaras de seguridad. La valoración de la prueba fue adecuada, y se aplicaron correctamente los criterios de la ley 27.372 y la jurisprudencia, en particular que la participación en delitos graves con violencia y armas justifica penas elevadas. La reducción de penas por el recorte en la acusación fue considerada razonable, pero se ajustaron en función del grado de participación y las circunstancias del hecho. La sentencia también valoró la conducta procesal y la situación económica del imputado. La absolución por otros delitos fue confirmada por desistimiento de la Fiscalía.

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