CLUB LOGARITMO RUGBY c/ CARDENAS, CLAUDIO ERNESTO -COBRO DE PESOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja presentada contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un conflicto sobre baja de socio y cobro de cuotas sociales; sin embargo, la disidencia consideró admisible la queja y admitió la recurso por conexidad y seriedad de los planteos constitucionales.
- Quién demanda: Claudio Ernesto Cárdenas (actor)
¿A quién se demanda?
Club Logaritmo Rugby (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de cuotas sociales devengadas tras su baja como socio, y la interpretación arbitraria de la cláusula contractual y estatutaria que regula la relación societaria.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechaza la queja por considerar que los argumentos del recurrente son una reedición de agravios apelatorios y que no configuran una arbitrariedad de la sentencia, por lo que confirma la resolución de la Cámara que rechazó el recurso de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de inconstitucionalidad fue denegado porque la impugnante no logró superar la falta de conexión entre los argumentos constitucionales y la realidad del caso, limitándose a reiterar agravios ya resueltos en la sentencia de primera instancia. La jurisprudencia de esta Corte establece que las objeciones sobre hechos y pruebas son materia de valoración por los jueces y no revisables en esta vía." "Asimismo, se advierte que la recurrente no articuló un planteo serio de arbitrariedad, sino que en definitiva presentó una disconformidad con lo resuelto, sin aportar fundamentos constitucionales sólidos que justifiquen la apertura de esta instancia extraordinaria." Disidencia: Los ministros Erbetta y Falistocco consideraron admisible la queja por la conexión con las constancias del expediente y la seriedad de los planteos constitucionales, por lo que propusieron su aceptación.
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