MUCCIOLO, ANA MARIA Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME -ACCION AUTONOMA DE NULIDAD DE SENTENCIA CON COSA JUZGADA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo de la Cámara de Apelación. El tribunal consideró que los planteos presentados por los accionantes tenían suficiente sustento para abrir la instancia de revisión de la constitucionalidad.
- Quién demanda: Los accionantes (parte actora en la causa "Mucciol, Ana María y otros contra Municipalidad de Santo Tomé")
¿A quién se demanda?
La Cámara de Apelación de Circuito de Santa Fe, específicamente contra el Acuerdo número 107 de 22 de agosto de 2023.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La impugnación de la resolución que hizo lugar al recurso de apelación de la Municipalidad y rechazó la demanda, por considerar que hubo arbitrariedad y vulneración del derecho de defensa, en particular por la notificación indebida y la supuesta falta de diligencias previas para determinar el domicilio del ejecutado (Sr. Matusevich).
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando que se eleven los autos y se les imprima el trámite correspondiente. Se devolvió el depósito efectuado por los recurrentes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el presente caso, los recurrentes argumentan que la sentencia que hizo lugar al recurso de apelación fue dictada con arbitrariedad fáctica, normativa y por falta de motivación suficiente, en particular por la notificación al domicilio equivocado del Sr. Matusevich. La parte actora sostiene que en autos 'Municipalidad de Santo Tomé c/ Matusevich, Elías Rubén s/ Apremio' se notificó en un domicilio que no era el real, vulnerando su derecho de defensa, y que ello afectó el ejercicio del derecho de defensa en juicio. La Cámara de Alzada, en su resolución, no abordó adecuadamente estos planteos y se limitó a rechazar la apelación por mera discrepancia, sin analizar la posible vulneración constitucional." "El tribunal considera que los planteos de los accionantes tienen suficiente sustento para ser considerados, dado que las constancias de autos muestran evidencias de que la notificación se realizó en domicilio no constituido ni denunciado por el ejecutado, además de señalar que la parte actora acreditó que el domicilio real y denunciado era otro, en particular en autos anteriores y en informes de la autoridad fiscal." "Por ello, la admisión del recurso de queja y la apertura de la instancia de inconstitucionalidad resultan procedentes, toda vez que la resolución cuestionada podría afectar derechos constitucionales fundamentales, como el derecho de defensa y el debido proceso."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: