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E., J. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL E., J. A. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE, EN AMBOS CASOS CALIFICADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

El recurso extraordinario por denegación de inconstitucionalidad y arbitrariedad en la resolución judicial fue denegado por la Corte provincial. La Corte afirmó que los planteos defensivos reiterados corresponden a cuestiones que son de competencia de los jueces de la causa y no configuran vicio de constitucionalidad suficiente para su admisión.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Inconstitucionalidad Valoracion de prueba Derechos constitucionales Recursos judiciales Denegacion de recurso Delitos sexuales Jurisprudencia provincial Pena de 26 anos

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora (defensa del condenado J. A. E.) interpuso recurso extraordinario federal contra una resolución que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un proceso por delitos de abuso sexual con acceso carnal y gravemente ultrajante.
- La Corte provincial, en resolución del 23 de abril de 2024, rechazó el recurso por considerar que las alegaciones de arbitrariedad y afectación constitucional no estaban suficientemente demostradas, y que los planteos efectuados son cuestiones propias de los jueces de la causa.
- La Corte recordó que en una resolución anterior (A. y S. 332), ya se había considerado que las cuestiones planteadas en esta instancia referían a la valoración de la prueba y a la razonabilidad de la pena, materias que corresponden a los jueces ordinarios, sin que la parte haya acreditado que existiera un vicio en su valoración o que las decisiones judiciales estuvieran disociadas del derecho.
- La Corte afirmó que los planteos reiterados por la defensa en el recurso no cumplen con los requisitos de fundamentación y precisión exigidos por el reglamento, y que las alegaciones de arbitrariedad y de vulneración constitucional son meras reiteraciones sin sustento en la decisión impugnada.
- Se concluyó que el recurso no resulta idóneo para operar la vía del artículo 14 de la ley 48, y en consecuencia, se denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando la resolución que rechazó la queja.

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