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PALAVECINO, SILVIO MARCELO c/ LIDERAR S.A. ART -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD DEL TRABAJO-SUMARISIMO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Prevención A.R.T. contra una resolución que confirmó una sentencia en un proceso laboral, anulando la decisión en relación a la aplicación del decreto 1022/17 y las astreintes, y remitiendo el expediente para un nuevo pronunciamiento.

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¿Quién es el actor?

Prevención A.R.T. S.A., en su carácter de gerenciadora del Fondo de Reserva de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

¿A quién se demanda?

La resolución de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela que confirmó la decisión de primera instancia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad de la imposición de costas y astreintes, por supuesta omisión del decreto 1022/17 y por imposición indebida, alegando arbitrariedad y violación de derechos constitucionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisible y procedente el recurso de inconstitucionalidad, anulando la sentencia en cuanto abordó las cuestiones del decreto 1022/17 y las astreintes, y ordenó remitir los autos para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el presente caso, la temática relacionada con la aplicación del decreto 1022/17 y la imposición de astreintes fue expresamente planteada en los agravios apelatorios, pero no recibió respuesta en la sentencia, lo cual vulnera el derecho a la defensa y el debido proceso. La respuesta jurisdiccional debe ser una derivación razonada del derecho vigente aplicable a las circunstancias del caso." Además, se argumentó que: "La respuesta jurisdiccional no puede ser aceptada como la necesaria derivación razonada del derecho vigente aplicable a las circunstancias del caso y, por lo tanto, no reúne las condiciones exigidas por el orden fundamental para la satisfacción del derecho a la jurisdicción de la impugnante." La Corte resaltó que la omisión de fundamentación en estos aspectos afecta la legitimidad del pronunciamiento y, en consecuencia, ordenó la anulación y remisión para que se dicte un nuevo fallo con adecuada motivación.
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia, todos los ministros coincidieron en la decisión.

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