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MELIAN, JONATAN DAVID s/ HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO POR SER COMETIDO CON ALEVOSIA Y POR TENER COMO FIN FACILIAR, CONSUMAR OTRO DELITO Y PROCURAR SU IMPUNIDAD Y ROBO

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó parcialmente la condena de prisión perpetua a Jonatan David Melian por homicidio calificado y robo. La resolución revocó la calificación por alevosía y sostuvo la responsabilidad en el homicidio en ocasión de robo, destacando la conexión entre ambos hechos y la ultrafinalidad del homicidio para facilitar el robo.

Recurso de apelacion Jurisprudencia Robo Prueba cientifica Responsabilidad penal Prision perpetua Homicidio calificado Criminis causae Ultrafinalidad Responsabilidad en orden del articulo 80 inciso 7 del cp.

Quién demanda: La defensa técnica de Jonatan David Melian, representada por el Dr. Martín Frassi.

¿A quién se demanda?

La sentencia de primera instancia que condenó a Melian a prisión perpetua por homicidio doblemente calificado y robo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La impugnación de la calificación legal, solicitando su modificación y la declaración de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la responsabilidad penal del imputado en el homicidio calificado "criminis causae" en concurso con robo, pero revocó la calificación por alevosía por duda fundada, y mantuvo la pena de prisión perpetua. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal analizó la prueba y concluyó que se probó la ultrafinalidad del homicidio, es decir, que Melian mató a la víctima para facilitar y consumar un robo, con la intención de procurar impunidad. “Se ha probado sin duda alguna que ambos protagonistas del luctuoso hecho se conocían desde hacía algún tiempo, como así también que previo a un encuentro sexual íntimo, Melian golpeó a la víctima con la base de un velador en la cabeza en reiteradas oportunidades, quedando algo desvanecido, luego lo ató de los brazos por detrás de la espalda y las piernas, finalizando su faena para darle muerte por estrangulamiento mediante un cable por asfixia mecánica”. Además, el análisis de la prueba científica y testimonial confirmó la conexión entre el homicidio y la finalidad delictiva de facilitar el robo. La supuesta falta de indefensión de la víctima no fue suficiente para descalificar la agravante de alevosía, ya que la evidencia demostraba que Melian actuó con premeditación y aprovechando la situación de indefensión. La Cámara también rechazó la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua, considerándola compatible con los derechos internacionales y la jurisprudencia nacional. Finalmente, se confirmó la condena, pero se modificó la calificación por la duda respecto a la alevosía, manteniendo la responsabilidad en el homicidio en ocasión de robo.

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