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FREGONI, JOSE ANGEL c/ LA SEGUNDA ART S.A. Y OTROS -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR LA CAMARA)

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad promovido por Prevención ART S.A. contra una sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 del decreto reglamentario N° 1022/17, y ordenó aplicar dicho decreto en el caso concreto.

Costas Inconstitucionalidad Fondos de reserva Ley provincial Recurso de inconstitucionalidad Danos laborales Santa fe Fallo judicial. Ley 7055 Decreto 1022/17


- Quién demanda: Prevención ART S.A. (en calidad de administradora del Fondo de Reserva)

¿A quién se demanda?

La sentencia de la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario y el decreto N° 1022/17

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 del decreto N° 1022/17, que excluye costas y gastos causídicos de la obligación del Fondo de Reserva, y la inaplicabilidad del mismo en el caso de autos.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la resolución de la Cámara que declaró la inconstitucionalidad del decreto, y ordenó que el artículo 1° del decreto N° 1022/17 se aplique en el caso concreto, remitiendo los autos al Juzgado de Primera Instancia para que dicte las medidas correspondientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La declaración de inconstitucionalidad de una ley sólo puede admitirse como última ratio del orden jurídico... En el presente caso, la resolución impugnada se apartó de los precedentes de esta Corte que habían rechazado decisiones similares, y basó su fallo en argumentos genéricos y abstractos que no demostraron un daño concreto ni la afectación de derechos constitucionales específicos. La jurisprudencia ha establecido que la declaración de inconstitucionalidad debe fundarse en un perjuicio real y concreto, y no en consideraciones genéricas, por lo cual corresponde invalidar la decisión y aplicar el artículo 1° del decreto en forma directa." Además, el tribunal consideró que la intervención en este caso no requiere un nuevo reenvío, dada la naturaleza de la cuestión y el precedente de la ley nacional N° 48, que permite la resolución en estos supuestos para evitar dilaciones indebidas.
- Votos: Todos los ministros coincidieron en que la decisión debe ser en los términos propuestos, declarando la procedencia del recurso, anulando la sentencia y aplicando el decreto reglamentario N° 1022/17 en el caso.

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