CABRERA, CARLOS JESUS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL MENDEZ, ALFREDO RICARDO (1); CABRERA, CARLOS JESUS (2) s/ EXTORSION, VIOLACION DE DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO-APELACION DEFENSA SENTENCIA CONDENATORIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Carlos Cabrera contra una resolución del Tribunal de Cámara. La decisión se fundamentó en la insuficiencia argumental y la falta de conexión concreta con derechos constitucionales alegados.
Actor: Defensa de Carlos Jesús Cabrera Demandado: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (a través de la presentación de queja) Objeto: Que se admita y procese el recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo 698 del 02.08.2023, y en su caso, que se revoque o modifique la decisión que confirmó parcialmente la condena de Cabrera, por supuesta vulneración de derechos constitucionales y garantías procesales. Decisión: La Corte Suprema rechazó la queja por considerarla inadmisible debido a que la recurrente no logró justificar adecuadamente la conexión entre los derechos constitucionales invocados y la resolución impugnada, y por presentar alegaciones genéricas sin sustento concreto. La Cámara de Apelaciones explicó que el recurso de inconstitucionalidad requiere una conexión clara entre la vulneración alegada y los hechos, lo cual no fue acreditado en este caso. La recurrente no rebatió con fundamentos sólidos los argumentos del Tribunal de origen, limitándose a alegar arbitrariedad y vulneración de derechos sin precisar cómo se relacionan con el caso concreto. La Corte concluyó que la impugnación no cumplió con los requisitos de admisibilidad y que las consideraciones del Tribunal de Cámara estaban debidamente fundamentadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los Camaristas, al efectuar el juicio de admisibilidad conforme lo dispuesto por el artículo 6 de la ley 7055, advirtieron que si bien la recurrente intentaba introducir al menos formalmente una cuestión constitucional, no lograba demostrar en concreto la conexión directa que los derechos fundamentales alegados como supuestamente violados guardarían con los puntos que se pretendían poner en discusión. Recordando, al respecto, la inveterada doctrina sostenida por esta Corte en orden a que es menester aducir y explicar con precisión las cuestiones que originarían los vicios endilgados a la sentencia atacada, no bastando las alusiones genéricas de un posible conculcamiento a garantías constitucionales o la mera reserva de arbitrariedad (A. y S., T. 54, pág. 48 y T. 210, pág. 167, entre tantos otros). Y vinculado con ello, también hicieron notar que el recurso intentado tampoco lucía autosuficiente (art. 3, inc. 2, ley 7055) en tanto cada uno de los agravios y de las cuestiones federales invocadas presentaban serios defectos de argumentación al soslayar la interesada toda crítica concreta y razonada de los fundamentos
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: