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LAFERRARA, MAURICIO JESUS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL LAFERRARA, MAURICIO JESUS Y OTROS s/ ASOCIACION ILICITA Y OTROS DELITOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial desestimó la queja contra la confirmación de la condena a Mauricio Laferrara por homicidio y asociación ilícita, y la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua, señalando que los agravios carecían de sustento constitucional y que la motivación de la sentencia fue suficiente.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Valoracion probatoria Control de constitucionalidad Condena penal Habeas corpus Prision perpetua Agravio constitucional


¿Quién es el actor?

Defensa de Mauricio Jesús Laferrara

¿A quién se demanda?

Tribunal del Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo 64/2023, que confirmó la condena de prisión perpetua y otros aspectos de la sentencia

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja por falta de fundamentación suficiente y por no configurarse cuestiones constitucionales

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La impugnación no ha de prosperar, pues -como destacó el Tribunal en el auto denegatorio
- atenta contra su admisibilidad la falta de autosuficiencia y de adecuada motivación que presentan los reproches vertidos en el memorial introductor de la vía extraordinaria local, los que -al hallarse desprovistos de un eficiente desarrollo argumental
- no logran evidenciar su idoneidad para habilitar la instancia de excepción pretendida." "Los planteos genéricos de arbitrariedad y violación de principios constitucionales no constituyen cuestión constitucional alguna cuando, como ocurre en este supuesto, el A quo brindó razones suficientes para confirmar la condena del imputado, las que -como se anticipó
- en modo alguno logran ser descalificadas por la recurrente desde la óptica constitucional." "La decisión de la Cámara fue fundada en una valoración racional y exhaustiva de las constancias del expediente, sin que la defensa haya logrado demostrar que la valoración de las pruebas se apartara de las reglas de la sana crítica racional." "La impugnación por la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua carece de fundamento, pues la afectación alegada no es actual, sino futura, y no se configura un gravamen inconstitucional en este momento procesal."
- Voto del Ministro Erbetta: Coincide en que los agravios de la defensa son insuficientes y que la pena de prisión perpetua no presenta un vicio constitucional, reafirmando que no hay cuestión constitucional que amerite su revisión.

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