FERNANDEZ, GERMAN FACUNDO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL FERNANDEZ, GERMAN FACUNDO Y OTROS s/ ASOCIACION ILICITA Y OTROS DELITOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo de la Cámara de Apelación en lo Penal, que confirmó la condena a prisión perpetua por homicidio agravado. La Sala consideró que los agravios no demostraban afectación constitucional ni arbitrariedad.
Actor: Defensa de Germán Facundo Fernández Demandado: Tribunal del Colegio de Jueces de la Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial Objeto: Queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo que confirmó la condena a prisión perpetua y la valoración de la prueba, alegando arbitrariedad, vulneración de derechos constitucionales y cuestionamientos sobre la legalidad de la pena. Decisión: La Corte rechazó la queja por considerar que los argumentos presentados no configuran afectación constitucional, arbitrariedad ni error judicial suficiente para habilitar la vía excepcional. La valoración probatoria y la fundamentación de la sentencia de grado fueron consideradas razonables y ajustadas a derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó si los agravios de la defensa constituían una afectación constitucional o una arbitrariedad que justifique la apertura de la queja. Se concluyó que los argumentos se limitaron a una mera disconformidad con la valoración probatoria y la fundamentación de la sentencia, sin demostrar la configuración de alguna causal de afectación constitucional o arbitrariedad. Se destacó que la valoración de la prueba, en particular las evidencias telefónicas y las elementos indiciarios, fue realizada en forma racional y conforme a las reglas de la lógica y la sana crítica. La quejosa no aportó motivos que justifiquen la revisión de la pena de prisión perpetua, que además es prevista legalmente para el delito atribuido, y no se acreditaron errores en la individualización de la sanción. La resolución de la Cámara fue fundada y razonable, y los agravios presentados no alcanzan a configurar una vulneración de garantías constitucionales.
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