C., M. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y GROOMING, AMBOS EN CONCURSO REAL Y EN EL CARACTER DE CONSUMADOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó la condena por abuso sexual con acceso carnal y grooming, y consideró que los argumentos de la defensa no demostraron vicios en el proceso ni afectación de garantías constitucionales.
¿Quién es el actor?
La defensa del imputado M. A. C.
¿A quién se demanda?
La resolución del acuerdo 316 del Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia en Rosario
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo, por supuesta vulneración del derecho a la jurisdicción y garantías constitucionales, alegando errores en la valoración de pruebas, vulneración del derecho de defensa y vicios en el procedimiento abreviado.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja, confirmando que la decisión del tribunal de segunda instancia no incurrió en irregularidades ni afectó garantías constitucionales, y que los argumentos de la defensa no lograron demostrar vicios o arbitrariedades en el proceso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte analizó si la defensa había demostrado la existencia de un vicio en la actividad probatoria o en la valoración del proceso que afectara garantías constitucionales. Señaló que "la Alzada expuso que para habilitar la sanción de invalidez, debía evaluarse si la defensa anterior hubiera desplegado una mínima actividad probatoria, evidenciado una inactividad argumentativa o una estrategia perjudicial para el imputado." También afirmó que "los magistrados entendieron que no se podía afirmar la ausencia de defensa efectiva en los términos que proponía la apelante", y que "el análisis de la evidencia y la valoración de la prueba científica no constituyó un prejuzgamiento ni una vulneración del debido proceso." La Corte concluyó que "los argumentos de la recurrente no lograron evidenciar los vicios invocados, ni la afectación de garantías constitucionales, por lo que procede el rechazo de la queja." Además, destacó que "la decisión de la Cámara se fundamentó en el análisis de las constancias del expediente y en la valoración de la actividad probatoria, sin que exista arbitrariedad o error flagrante."
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