BRIDGESTONE ARGENTINA S.A.I.C. c/ COMUNA DE WHEELWRIGHT -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que declaró ilegítima y anuló la ordenanza que creó la Tasa de Almacenamiento, Traslado y Reciclado de Neumáticos Fuera de Uso en Wheelwright, ratificando la validez del fallo y el rechazo del planteo de inconstitucionalidad.
Actor: La Municipalidad de Wheelwright, en su carácter de demandada y parte impugnante. Demandado: La actora (Bridgestone Argentina SAIC). Objeto: La impugnación de la ordenanza n° 2147 que creó la tasa de almacenamiento, traslado y reciclado de neumáticos fuera de uso, solicitando su declaración de inconstitucionalidad y la restitución del importe ingresado. Decisión: La Corte provincial rechazó la queja por inconstitucionalidad, confirmando la decisión de la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 que hizo lugar al recurso y anuló la ordenanza. La decisión se fundamenta en que el recurso no logra demostrar que la sentencia incurriera en un vicio de inconstitucionalidad, y que las cuestiones planteadas son de interpretación y valoración probatoria que corresponden a los jueces de la causa. La disidencia del Ministro Falistocco consideró que la impugnación tiene "prima facie" suficiente sustento y debe admitirse la queja, permitiendo abrir la instancia de revisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia recorrió que la impugnante no logró acreditar que se hubiera prestado un servicio efectivo y concreto que justifique la validez de la tasa, y que la valoración probatoria es competencia del tribunal de origen. Además, se sostuvo que la denuncia de vicios de arbitrariedad no está suficientemente fundamentada y que la interpretación de las normas constitucionales y legales no muestra un apartamiento del derecho. La disidencia resaltó que los hechos y las constancias permiten una hipótesis de inconstitucionalidad que merece ser considerada en sede de queja.
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