S., F. R s/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena a 7 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante, manteniendo la valoración de la prueba y la calificación legal, tras revisar las apelaciones del imputado y del Ministerio Público.
¿Quién es el actor?
El Estado, a través del Tribunal de Juicio Oral Unipersonal y de la Fiscalía.
¿A quién se demanda?
A S. por delitos de abuso sexual gravemente ultrajante.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La confirmación de la condena de 7 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante y la validez de la valoración probatoria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la valoración de la prueba y las circunstancias del hecho justifican la calificación legal y la pena impuesta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El relato de la víctima, corroborado por profesionales y testigos, presenta coherencia, verosimilitud y continuidad en el tiempo, por lo que las valoraciones del tribunal de primera instancia deben mantenerse. La conducta del imputado, reiterada en el tiempo y en diferentes domicilios, configura abuso sexual gravemente ultrajante, por su prolongación y modalidad, generando un daño grave y humillante a la víctima. La valoración de la Cámara fue correcta, y no se evidencian motivos para modificar la pena impuesta, que se ajusta a la gravedad del hecho y las circunstancias del caso." En disidencia, la defensa argumentó la insuficiencia de pruebas y la no configuración del delito de ultraje grave, solicitando la revocación de la condena y la aplicación del mínimo legal. Sin embargo, la Cámara consideró que las pruebas y la valoración del relato de la víctima justifican la condena en los términos establecidos.
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