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OZAN, DIEGO MAXIMILIANO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL OZAN, DIEGO MAXIMILIANO s/ PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó parcialmente la condena por portación ilegítima de arma de fuego. La decisión se fundamenta en la falta de argumentos suficientes y en la valoración razonable de las evidencias.

Recurso de queja Inconstitucionalidad Garantias constitucionales Valoracion probatoria Decision judicial Derecho penal Portacion de arma Precedentes strada y di mascio Instancia provincial Denegacion recurso.


- Quién demanda: La defensa de Diego Maximiliano Ozán

¿A quién se demanda?

La Corte Provincial de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario federal por supuesta vulneración de garantías constitucionales y apartamiento de precedentes "Strada" y "Di Mascio"

¿Qué se resolvió?

La Corte denegó la concesión del recurso, confirmando la constitucionalidad y razonabilidad del fallo de instancia inferior, y rechazando que existan afectaciones constitucionales o arbitrariedad en la valoración probatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el presente, la Corte por resolución registrada en A. y S. nro. 3 año 2024, rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local [...] contra la sentencia del 10 de mayo de 2023, dictada por el Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario. La resolución del tribunal superior sostuvo que los planteos de la defensa se reducían a desacuerdos interpretativos con la normativa y que las alegaciones sobre arbitrariedad en la valoración probatoria no lograban demostrar afectación constitucional alguna. La recurrente no logró acreditar que la decisión fuera contraria al derecho invocado, limitándose a reproducciones genéricas de fragmentos del fallo sin referirse concretamente al marco argumental desarrollado." "Este Tribunal advirtió que los agravios carecían de fundamentación suficiente y que la interpretación de la normativa por parte de la Cámara no constituía una ilegalidad, absurda o irrazonable. Además, los cuestionamientos sobre la figura atenuada del delito y las circunstancias del hecho fueron considerados válidos y razonables, sin que exista arbitrariedad." "La recurrente no evidenció razones suficientes para controvertir los fundamentos del fallo, ni para sostener que la decisión fue adoptada en forma arbitraria o lesiva de derechos constitucionales, por lo que el recurso extraordinario fue denegado."

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