CAMARA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad promovido por la Cámara de la Propiedad Horizontal contra ordenanzas municipales sobre liquidaciones de expensas, anulando la sentencia que las había declarado constitucionales, por considerar que no se acreditó interés legítimo en la acción.
- Quién demanda: Cámara de la Propiedad Horizontal de la Segunda Circunscripción de Rosario
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Rosario
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad y ineficacia de las ordenanzas 9679, 9821 y 10.133, que regulan liquidaciones de expensas en propiedad horizontal
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió el recurso y declaró la inadmisibilidad de la demanda en primera instancia por falta de interés legítimo y, en consecuencia, anuló la sentencia que había rechazado la recurso de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se observa que la asociación actora no representa a los consorcios de propiedad horizontal ni ha demostrado tener un interés directo y personal en el asunto, ya que no acredita qué perjuicios concretos le acarrearían las ordenanzas cuestionadas ni que actúe en representación de sus asociados con interés legítimo. La impugnación resulta, en definitiva, inadmisible por carecer de interés jurídico suficiente, en tanto no se sustenta en un derecho propio ni en la representación adecuada de los intereses de sus asociados". El tribunal también citó fallos que establecen que la legitimación activa requiere interés directo y personal, y que la mera actuación en defensa de intereses de terceros no habilita a la parte a promover acciones de control constitucional en su nombre si no tiene interés legítimo propio. No se abordaron votos disidentes relevantes.
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