ARIÑO, SILVANA c/ PAULINI, BENIGNO -CONSIGNACION JUDICIAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
El Tribunal Superior de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto por la demandada contra la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. La resolución fundamentó que el recurso no cumplía con los requisitos legales y que las resoluciones cuestionadas no eran definitivas, por lo que no era procedente su acceso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Quién demanda: Silvana Ariño
¿A quién se demanda?
Benigno Paulini (CONSIGNACIÓN JUDICIAL)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario contra decisión de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe, que rechazó la queja por denegación de recursos de apelación. La demandada busca que la Corte Suprema revise la inadmisibilidad del recurso.
¿Qué se resolvió?
Se deniega la concesión del recurso extraordinario interpuesto por la demandada, confirmando que no se cumplen los requisitos de admisibilidad establecidos en la normativa procesal y que las resoluciones impugnadas no son definitivas, por lo que no habilitan el recurso ante la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte analizó que el recurso de queja no cumple con los recaudos del artículo 3, incisos "d" y "e" del reglamento de la acordada 4/2007, ya que no logra refutar todos los fundamentos de la decisión apelada y no demuestra relación directa e inmediata entre las normas invocadas y lo debatido. La Sala destacó que la queja no presenta argumentos que descalifiquen el núcleo del fallo impugnado, donde se señaló que no se cumplía con el requisito de la definitividad para acceder a la Corte, en virtud del artículo 1 de la ley 7055. Se precisó que las resoluciones de fechas 06 y 07.07.2023, que denegaron recursos de apelación, son cuestiones procesales o resoluciones ordenatorias del trámite que no revisten carácter definitivo, por lo que no habilitan el recurso extraordinario. La decisión fue motivada en que la inadmisibilidad del recurso responde a que no se cumplen los requisitos formales y sustanciales para su procedencia, y no existe causa que justifique una excepción a esta regla. La Corte concluyó que no se configura ningún supuesto que permita excepcionar la inadmisibilidad, en resguardo de los derechos de la parte.
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