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LOPEZ, HECTOR VENTURA c/ PREVENCION ART S.A. -ACCIDENTE- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial admite parcialmente la queja contra la sentencia que rechazó el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la cuantificación de la indemnización y los intereses puede tener un fundamento suficiente, aunque mantiene el rechazo respecto al daño psicológico por falta de prueba de su carácter permanente.

Intereses Danos y perjuicios Reparacion integral Indemnizacion Dano psicologico Recurso de queja Inconstitucionalidad Valoracion de danos Valoracion de pruebas Jurisprudencia laboral


- Quién demanda: Hector Ventura López (actor)

¿A quién se demanda?

Previsión Art SA (demandada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaba una indemnización por incapacidad laboral y daño moral, además de un reconocimiento del daño psicológico.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario modificó parcialmente la cuantificación de la indemnización, rechazó el daño psicológico por falta de prueba de su carácter permanente, y admitió parcialmente la queja por la valoración de la cuantificación y los intereses. La Corte provincial confirmó parcialmente esa decisión, admitiendo el recurso de inconstitucionalidad en relación a la cuantificación y los intereses, pero no respecto al daño psicológico, considerando las alegaciones del recurrente insuficientes para alterar los fundamentos del tribunal de alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que las alegaciones del recurrente, que cuestionaban la valoración de la indemnización y los intereses, mostraban un disenso con la valoración del tribunal, pero no evidenciaban una vulneración de derechos constitucionales o una arbitrariedad que justificara la vía del recurso de inconstitucionalidad. Se destacó que la Sala de la Cámara de Apelación fundamentó correctamente la cuantificación, considerando los valores históricos y las circunstancias del caso, y que las quejas sobre la valoración de daños y la forma de cálculo no alcanzaban a demostrar una lesión constitucional. La Corte admitió parcialmente la queja en relación a la valoración de la cuantificación y los intereses, pero rechazó la misma respecto al daño psicológico, por entender que las alegaciones no lograban desvirtuar adecuadamente los fundamentos del fallo de la Cámara. La disidencia consideró que no cabía prosperar la queja, pues las expresiones del recurrente se limitaron a expresar disenso con la valoración del tribunal, sin evidenciar vulneración constitucional alguna.

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