MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ CREMER Y ASOCIADOS S.A. -APREMIOS FISCALES MUNICIPALES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia que omitió pronunciamiento sobre la publicación de ordenanza fiscal 2018, anulándola y remitiendo el expediente para nuevo análisis.
Actor: Municipalidad de Arroyo Seco Demandado: Cremer y Asociados S.A. (por apremios fiscales municipales) Objeto: La inconstitucionalidad de la ejecución fiscal por deuda en concepto de DREI sin publicación adecuada de las ordenanzas que la sustentan. Decisión: La Corte declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia y ordenó que el expediente sea remitido para que el tribunal de origen vuelva a decidir, considerando la omisión en tratar la publicación de la ordenanza 2637/18.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El vicio principal radica en que la sentencia atacada omitió pronunciarse respecto de la publicación de la ordenanza 2637/18, la cual era fundamental para la validez de la acto administrativo que sustenta la cobro de la deuda." "Este incumplimiento configura una arbitrariedad en los términos del artículo 1, inciso 3) de la ley 7055, ya que la ley requiere para la obligatoriedad de las normas su publicación oficial, y la omisión en su análisis afecta el derecho a la defensa y la seguridad jurídica." "El Tribunal ha señalado que la simple constatación de la publicación oficial es suficiente para la validez del acto, y la falta de análisis de la publicación de la ordenanza 2637/18 constituye una omisión que afecta la fundamentación y la constitucionalidad del fallo." No se registran votos en disidencia relevantes, todos los ministros coincidieron en que la sentencia contenía un fundamento aparente y omitió pronunciarse sobre una cuestión decisiva, por lo que correspondía anularla y remitir para nuevo pronunciamiento.
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