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BERLARI, GASTON ALEJANDRO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BERLARI, WALTER DARIO; BERLARI, GASTON ALEJANDRO Y FRANCO, JADRIEL s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL Y PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA SIN LA DEBIDA AUTORIZACION LEGAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la condena de Berlari, confirmando la constitucionalidad del fallo y considerando que los agravios no configuran arbitrariedad ni violación de garantías constitucionales.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Garantias constitucionales Valoracion probatoria Procedimiento policial Derecho penal Homicidio agravado Disidencia Pena desproporcionada

Actor: La defensa de Gastón Alejandro Berlari Demandado: La resolución N° 625 del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario Objeto: La admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad y la declaración de arbitrariedad en la sentencia condenatoria; cuestionamientos a la validez de las pruebas y a la valoración probatoria, y a la pena impuesta Decisión: La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja, confirmando que los planteos no configuran una vulneración constitucional suficiente para habilitar la vía excepcional

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La quejosa no logró demostrar que las apreciaciones de la Cámara en relación a la validez del procedimiento policial o la valoración probatoria sean arbitrarias o violen garantías constitucionales, sino que solo expresó disconformidad con las interpretaciones judiciales. La valoración de la prueba, incluyendo testimonios, informes científicos y elementos de convicción, fue considerada razonable y fundada en las constancias del proceso. Los argumentos sobre la contradicción en la dinámica del hecho, la valoración probatoria y la pena no configuran una afectación constitucional, sino disconformidad con la interpretación judicial. La Corte destaca que los agravios en materia de valoración probatoria y de la pena son cuestiones opinables, no cuestiones constitucionales. La disidencia del ministro Erbetta consideró que los planteos de la defensa tenían suficiente sustento constitucional para abrir la instancia, pero fue en disidencia del criterio mayoritario.

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