AYALA, CRISTIAN DAVID s/ ASOCIACION ILICITA, INTIMIDACION PUBLICA Y TENENCIA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA
La Cámara de Apelaciones confirmó la prisión preventiva de Cristian Ayala por asociación ilícita y tenencia de arma de guerra y sobreseyó en el delito de intimidación pública por insuficiencia de prueba. La decisión se fundamentó en la existencia de indicios y la gravedad de la causa.
- Quién demanda: Cristian David Ayala (imputado)
¿A quién se demanda?
La Fiscalía y la Fiscalía de Cámara
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La modificación de la resolución que dispuso su prisión preventiva y el rechazo del sobreseimiento en el delito de intimidación pública
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la legalidad de la prisión preventiva por asociación ilícita y tenencia de arma, y sobreseyó a Ayala en la causa por intimidación pública por insuficiencia de elementos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución analiza en profundidad el tipo penal de intimidación pública, señalando que la exhibición de la bandera no cumplió con los requisitos necesarios para configurar el delito, ya que no generó temor público ni tumulto, ni hubo prueba de dolo o intención intimidatoria clara. La Cámara destacó que no existe evidencia suficiente que demuestre que la bandera o las manifestaciones produjeran efectos de temor o alarma en la población, y que las interpretaciones de la fiscalía son demasiado restrictivas y basadas en hipótesis. Además, se ratificó la existencia de indicios sólidos que justifican la prisión preventiva en relación a la participación de Ayala en delitos de asociación ilícita y tenencia de arma, con antecedentes penales y participación en hechos relacionados. La nulidad de la caducidad del proceso fue ordenada por formalidades procesales, sin afectar las decisiones sustantivas. La presencia de escuchas telefónicas entre líderes criminales en penales federales fue considerada como un factor de riesgo, pero no modificó la decisión de sobreseimiento por el delito de intimidación pública. En conclusión, la Cámara mantuvo la imputación y la prisión preventiva en relación a los delitos de asociación ilícita y tenencia de arma, y sobreseyó en el delito de intimidación pública por insuficiencia de pruebas, justificando su fallo en la inexistencia de elementos probatorios que acrediten la configuración del delito.
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