BREZIK, JONATAN RAUL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BENITEZ, RODRIGO NICOLAS; BREZIK, JONATAN RAUL s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR USO DE ARMA DE FUEGO, ROBO CALIFICADO POR USO DE ARMA DE FUEGO, TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE GUERRA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Jonatan Brezik contra un acuerdo del Tribunal de Segunda Instancia de Rosario. La Sala consideró que la impugnante no logró demostrar arbitrariedad ni vulneración constitucional en la resolución.
Quién demanda: La defensa de Jonatan Raúl Brezik.
¿A quién se demanda?
El acuerdo 499 del 10 de octubre del 2023 del Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo que confirmó la condena de 22 años de prisión, por considerar que hubo valoración arbitraria de la prueba y vulneración de derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe decidió rechazar la queja, confirmando que la resolución del Tribunal de Segunda Instancia no incurrió en arbitrariedad ni en vulneración de garantías constitucionales, ya que la valoración de las indicios y la fundamentación del fallo fueron razonables y ajustadas a derecho. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal de origen sostuvo que los agravios defensivos se centraban en cuestionar la valoración probatoria y la fundamentación de la pena, pero que dichas alegaciones eran meras disconformidades con la interpretación de los jueces, que razonablemente inferieron la participación del imputado en los hechos. Además, se resaltó que la sentencia atacada explicó de manera adecuada los elementos que conducían a la conclusión de culpabilidad, y que los agravios constitucionales no lograban demostrar la existencia de arbitrariedad o violación de derechos fundamentales. La Corte recordó que la revisión en esta instancia debe limitarse a verificar si existió una arbitrariedad, y en este caso la evaluación de la prueba y la fundamentación del fallo fueron razonables y fundamentadas, por lo que corresponde confirmar la decisión de la Cámara.
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