GERREÑO, NORBERTO FABIO c/ MUNICIPALIDAD DE RECONQUISTA s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe confirmó la procedencia del reclamo de indemnización por cese injustificado de un empleado municipal. La sentencia fundamentó que el vínculo laboral fue de carácter permanente, encubierto mediante contratos temporales, y ordenó su reparación económica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Norberto Fabio Gerreño, demandó contra la Municipalidad de Reconquista solicitando una indemnización prevista en el artículo 24 de la ley 9286, por cese injustificado de su relación laboral, que mantuvo desde 2012 hasta 2017. La Municipalidad argumentó que su vínculo fue por contrato por tareas determinadas, por lo que no existía estabilidad ni despido arbitrario. La Cámara analizó la naturaleza de las funciones del actor, que fueron de carácter habitual y permanente, y que durante casi cinco años realizó tareas propias del personal de planta, con horarios y dependencias funcionales que así lo evidencian. Se concluyó que la relación fue encubierta, con una prolongada precarización laboral, lo que configura un despido indirecto. La prueba testimonial y documental corroboró que las tareas realizadas por Gerreño eran permanentes y esenciales para la Municipalidad, y que su vinculación excedía los límites de un contrato por tiempo determinado. La Cámara recordó que la jurisprudencia nacional, en particular los precedentes "Ramos" y "Cerigliano", establece que la prolongación indebida de una relación laboral en condiciones similares a un vínculo de planta genera la presunción de estabilidad y la ilegitimidad del cese. Por ello, se declaró procedente el reclamo y se ordenó el pago de una indemnización conforme al artículo 24 de la ley 9286, con intereses desde el reclamo y costas a cargo de la demandada. La resolución fue confirmada en todos sus términos por la Sala, que hizo lugar al recurso de apelación interpuesto.
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