JALJAL, CAYETANO CARLOS -DECLARATORIA DE HEREDEROS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, que reguló honorarios en un proceso sucesorio, considerando que los argumentos recursivos eran insuficientes y ajenos a la vía extraordinaria.
- Quién demanda: La Caja Forense de la Segunda Circunscripción Judicial.
¿A quién se demanda?
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del auto número 84 del 5 de abril de 2022, que reguló honorarios en el juicio sucesorio "JALJAL, CAYETANO CARLOS".
¿Qué se resolvió?
La Corte denegó la queja y confirmó que las cuestiones planteadas no superaban el umbral de admisibilidad del recurso extraordinario, por ser interpretaciones de normas arancelarias dentro del margen razonable de los jueces.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones mantenidas en el memorial recursivo, de entre las que oportunamente se plantearon en autos, resultan ajenas a dicho remedio extraordinario, en tanto versan sobre la apreciación de los trabajos realizados y la interpretación y aplicación de las normas arancelarias (Fallos:239:104; 254:331; 257:157; 297:255; 301:1050), y quedan comprendidas dentro del amplio margen que en la materia se confiere a la razonable prudencia de los jueces de la causa, al no aportarse suficientes razones de índole fundamental en orden a demostrar -siquiera en el grado propio de este estadio
- que los sentenciantes puedan haber excedido el marco propio de su función jurisdiccional."
- Además, destaca que la alzada valoró los hechos y aplicó las normas arancelarias en diálogo con las leyes nacionales y provinciales, ajustándose a los parámetros de proporcionalidad y razonabilidad, y que las quejas de arbitrariedad no lograron demostrar una vulneración constitucional.
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