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FERRER, FRANCISCO ALBERTO MAGIN Y OTROS c/ BARBERO, CLAUDIO ALFONSO s/ REGULACION DE HONORARIOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirmó la regulación de honorarios profesionales en una causa de regulación de honorarios, rechazando los agravios del apelante y manteniendo los montos establecidos por la jueza de primera instancia.

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Quién demanda: No aplica, es un recurso contra la regulación de honorarios.

¿A quién se demanda?

La decisión del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar la regulación de honorarios del 06.04.2022, solicitando reducción y cuestionando la base económica, la tasa de interés y la proporcionalidad de los honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó los agravios, confirmó la regulación de honorarios y la tasa de interés aplicada, y declaró que la regulación se ajustó a derecho, en base a la valoración pericial y los parámetros normativos. Fundamentos principales de la decisión:
- La base económica fue correctamente estimada, ya que la diferencia entre la tasación pericial (13.576.300 dólares) y la valuación del auto (1.828.980 dólares) resulta ajustada y no fue controvertida por el recurrente.
- La regulación de honorarios, que oscila entre el 10% y 13% de la base, y luego se reduce a 1/3 por la interposición de la demanda, fue ajustada a la normativa y a las pautas del art. 6 de la ley 12.851.
- Los argumentos sobre la tasa de interés, que referían al Banco de la Nación Argentina en lugar del Nuevo Banco de Santa Fe, fueron desestimados, dado que la regulación se ajustó a los límites y parámetros legales, y no se demostró que la tasa excediera el máximo permitido.
- La aplicación del art. 1255 del CCyC para reducir honorarios no resulta procedente, ya que la regulación se ajusta a los principios de proporcionalidad y razonabilidad, y no se evidencia una injustificada desproporción.
- La decisión de la jueza de primera instancia fue fundada y ajustada a derecho, por lo que la Cámara confirma la regulación de honorarios y rechaza los agravios del apelante.

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