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MUTUAL DEL CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA c/ BERTONE, RAUL ALBERTO s/ EJECUCION HIPOTECARIA

La Cámara de Apelaciones revoca parcialmente la decisión de la jueza de primera instancia respecto a la tasa de interés aplicable en la ejecución hipotecaria. El tribunal ajusta la tasa morigerada considerando las circunstancias económicas y los parámetros legales, estableciendo límites máximos a la suma de intereses compensatorios y punitorios.

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- Quién demanda: Mutual del Club Atlético Juventud Unida (acreedor en proceso de ejecución hipotecaria).

¿A quién se demanda?

Raúl Alberto Bertone (deudor).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por el capital adeudado y aplicación de intereses moratorios, compensatorios y punitorios según tasa pactada y morigerada por la jueza de primera instancia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca parcialmente la decisión de la jueza y ajusta las tasas de interés a un máximo del 8% anual, considerando tasas referenciales internacionales (LIBOR y SOFR) y spreads, aplicando límites a la suma de intereses compensatorios y punitorios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En materia de intereses, los precedentes judiciales consideran que deben ajustarse a las circunstancias sociales y económicas concretas, respetando la autonomía de la voluntad y los pactos de las partes." "El ordenamiento argentino ha adherido al principio de libertad en la determinación de intereses, pero en casos de tasas excesivas, puede morigerarse judicialmente." "El contrato en ejecución prevé intereses compensatorios y punitorios diferenciados, pactados en términos específicos, por lo que la morigeración debe respetar esa diferenciación." "La tasa del 8% anual, dispuesta por la jueza, se mantiene como límite máximo, considerando las variaciones económicas y las tasas de referencia internacionales (LIBOR y SOFR), con un spread del 2%." "En consecuencia, la tasa total de intereses compensatorios y punitorios no podrá exceder ese límite, ajustándose a las tasas de interés de referencia y las condiciones del mercado." Votos:
- Dr. Alonso y Dr. Fabiano: coinciden en hacer lugar parcialmente al recurso, ajustando la tasa de interés conforme a los fundamentos expuestos.
- Dr. Vargas: en abstención, ante el acuerdo de los jueces que resolvieron la cuestión.

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