PRADOLINI, SANTIAGO NAHUEL s/ HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO POR FUGARSE DEL LUGAR DEL HECHO O NO INTENTAR SOCORRER A LA VICTIMA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario revocó la prórroga automática de la prisión preventiva dispuesta por el tribunal de primera instancia y ordenó la libertad de Santiago Nahuel Pradolini, estableciendo reglas de conducta y medidas cautelares en su lugar.
Actor: Fiscalía y parte querellante, en defensa de la víctima. Demandado: Santiago Nahuel Pradolini. Objeto: Revisión de la prórroga de la prisión preventiva y solicitud de confirmación o modificación de la medida. Decisión: La Cámara revoca la prórroga automática de la prisión preventiva dispuesta por el juez de primera instancia y ordena la libertad del imputado con reglas de conducta y medidas cautelares.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 220 comienza exigiendo, como requisito de procedencia de la prisión preventiva, el pedido de parte. Asimismo el artículo 1° de la ley 13.018 prevé que los jueces se limitan a resolver las peticiones de las partes y el artículo 7° la manda relativa al respecto irrestricto del principio de contradicción."
"No medió pedido de parte en relación a la prórroga automática de la prisión preventiva -luego del vencimiento del plazo de treinta días
- la que fue dispuesta de manera oficiosa y sorpresiva por el Magistrado, impidiendo todo debate sobre dicho extremo conforme lo dispone el artículo 7 de la mencionada ley."
"Corresponde en tal punto, revocar la resolución puesta en crisis."
La Cámara también dispuso la inhabilitación provisoria del imputado para conducir vehículos, considerando razones procesales y de prevención social, estableciendo reglas de conducta como fianza, prohibición de contacto con la víctima, residencia, y otras medidas cautelares.
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