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A., M. R. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., M. R. s/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO CON ACCESO CARNAL Y POR LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON LA VICTIMA MENOR DE 18 AÑOS DE EDAD- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la confirmación de la condena de 10 años por abuso sexual agravado; consideró que el recurso fue inadmisible por falta de fundamentación suficiente y por errores en la impugnación.

Recurso de queja Revision judicial Inconstitucionalidad Inadmisibilidad Gravedad institucional Abuso sexual Condena Derechos constitucionales Fundamentacion Condena de 10 anos


- Quién demanda: Defensa de M. R. A.

¿A quién se demanda?

Tribunal del Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad por la denegación del recurso contra la sentencia que confirmó la condena de diez años de prisión por abuso sexual agravado con acceso carnal y convivencia preexistente con la víctima menor de 18 años.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó la queja, confirmando la denegación del recurso de inconstitucionalidad por considerar que la fundamentación del recurso era genérica y que no cumplía con los requisitos de admisibilidad, además de que las alegaciones no demostraban arbitrariedad o vulneración constitucional suficiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso intentado carece de fundamentación idónea, quedando reducido a una simple discrepancia con el alcance asignado por los sentenciantes al resultado de los medios de confirmación producidos durante el proceso, materia que -como es sabido
- es propia de las instancias ordinarias. La exposición de tales extremos resultaba trascendental a fin de que esta Corte pueda conocer e inteligir el alcance de los agravios puestos a su consideración, verificar el nexo entre los vicios acusados y las normas constitucionales supuestamente vulneradas y comprobar la decisividad de los planteos para la solución de la litis." "Las consideraciones esgrimidas por la recurrente no logran persuadir a esta Corte de que la fundamentación vertida por el Tribunal resulte insuficiente ni descalificable desde la perspectiva constitucional, así como tampoco alcanzan a acreditar que las cuestiones propuestas excedan el marco del interés individual y afecten de manera directa a la comunidad, correspondiendo -entonces
- rechazar la alegada gravedad institucional en el presente." "Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, RESUELVE: Rechazar la queja interpuesta."

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