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GOIBURO, CARLOS ALBERTO c/ EXPERTA ART S.A. -ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó la aplicación del Decreto 669/19 y la tasa de interés en un caso de accidente laboral. La resolución se fundamenta en que la decisión judicial no violó derechos constitucionales y respetó la normativa vigente.

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Actor: La parte demandada (seguramente la aseguradora o empleador en el expediente laboral). Demandado: La parte actora (el trabajador o beneficiario). Objeto: Impugnar la constitucionalidad de la sentencia que confirmó la aplicación del Decreto 669/19 y la tasa de interés del Banco Nación, alegando arbitrariedad y vulneración del derecho a la jurisdicción. Decisión: La Corte Suprema rechazó la queja por improcedente y confirmó que la sentencia no incurrió en arbitrariedad o violación constitucional, fundamentando que las decisiones judiciales se ajustaron a un análisis razonable y a la normativa aplicable, y que las críticas de la recurrente no lograron desvirtuar la constitucionalidad del fallo. La Corte resaltó que la recurrente no cumplió con la carga de rebatir los motivos del tribunal de origen y que la interpretación normativa fue adecuada, considerando que el interés del capital actualizado y la aplicación de la tasa activa del Banco Nación son razonables en el marco legal vigente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones juzgadas han sido resueltas en base a una exégesis posible de las normas en juego, acorde a las pautas postuladas por esta Corte Provincial in re 'Olivera' y por el Máximo Tribunal nacional en 'Bonet'. La decisión del tribunal no resulta disociada de las exigencias que el ordenamiento jurídico fundamental impone para el dictado de una sentencia válida. La Corte concluye que la decisión judicial no viola el derecho a la jurisdicción ni incurre en arbitrariedad, ya que las argumentaciones se sustentan en una interpretación razonable y fundada en las normas aplicables." "Por ello, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Rechazar la queja interpuesta y declarar perdido para la recurrente el depósito efectuado."

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