LEMOS, MARTIN EDUARDO c/ PEROTTI, DANIELA NATALIA Y OTROS s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela confirma la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados y a la aseguradora San Cristobal a pagar más de 4 millones de pesos por daños y perjuicios, rechazando los agravios del actor y confirmando la cálculo de indemnización.
Actor: Martín Eduardo Lemos. Demandado: Daniela Natalia Perotti y otros, y la aseguradora San Cristobal Sociedad Mutual de Seguros Generales. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro. Decisión: La Cámara confirma la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios del actor y manteniendo la condena de más de 4 millones de pesos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala analizó los agravios referentes a la cálculo de la incapacidad sobreviniente, la edad límite para el cálculo y la cuantificación del daño moral. La sentencia de primera instancia consideró responsable a la demandada por responsabilidad objetiva, aplicando normas del Código Civil en vigor al momento del hecho. La apelación cuestionó la valoración del salario del actor, proponiendo que se pidiera una medida para obtener información actualizada, pero la Sala sostuvo que no existía prueba suficiente del ingreso del actor al momento del siniestro, y que la valoración del salario mínimo era adecuada en virtud del principio dispositivo y la falta de prueba del ingreso real. Respecto a la edad límite, la Sala sostuvo que la modificación pretendida por la actora no se ajustaba a la pretensión original y que la sentencia de primera instancia respetó la congruencia y el principio de defensa. En relación al daño moral, se consideró que la suma establecida era adecuada para la reparación del sufrimiento del actor, sin que se acrediten daños adicionales que ameriten mayor indemnización. La Sala destacó que la valoración de la prueba es una prerrogativa del juez y que la sentencia cumplió con los requisitos de fundamentación y congruencia. La decisión de confirmar la condena se fundamenta en que los agravios no lograron desvirtuar los fundamentos de la sentencia de grado.
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