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S., N. H. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL S., N. H. s/ HOMICIDIO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte provincial rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado contra la decisión que confirmó la condena a prisión perpetua por homicidio calificado con violencia de género. La resolución se basó en la fundamentación suficiente del tribunal de grado y en la inexistencia de arbitrariedad en la valoración de la prueba.


¿Quién es el actor?

Defensa del imputado S., N. H.

¿A quién se demanda?

Este Tribunal de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario federal por supuesta violación de derechos constitucionales, en particular respecto a la valoración de cuestiones federales, la calificación jurídica del hecho y la pena impuesta.

¿Qué se resolvió?

Se denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que la resolución atacada había sido fundamentada y que no existía arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales que justificaran su reconsideración.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el caso no se cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La compareciente no realiza una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones que le dieron sustento en relación con las cuestiones federales planteadas, ni demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas aludidas y lo debatido y resuelto en el caso, ni que la decisión puesta en crisis sea contraria al derecho invocado." "La resolución ahora recurrida, liminarmente se puntualizó que los agravios de la defensa giraban en torno a tres tópicos: invocaba que no tuvo adecuada respuesta el planteo de inimputabilidad, cuestionaba la confirmación del encuadramiento jurídico y planteaba la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua. La Corte entendió que ninguna de estas postulaciones merecía favorable acogida." "Respecto a la calificación legal, la Cámara consideró que existían elementos suficientes que acreditaban el contexto de violencia de género y que la impugnante insistía sin evidenciar arbitrariedad. En cuanto a la inimputabilidad, la resolución detalló que la valoración de informes y conducta del imputado fue adecuada, y no arbitraria. Sobre precedentes 'Strada' y 'Di Mascio', el tribunal consideró que fueron abordados correctamente y no configuraban vulneración constitucional. Finalmente, en relación a la pena, se sostuvo que los agravios eran eventuales y no actuales, sin demostrar irrazonabilidad ni lesión de derechos constitucionales." "Por ello, la Corte concluyó que no se aportaron argumentos con eficacia para demostrar que la resolución de la instancia inferior fue arbitraria o lesiva de derechos

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