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ESCOBAR, MARTA c/ ESCOBAR, MONICA PATRICIA s/ DESALOJO

La Cámara de Apelación de Circuito confirmó la sentencia que rechazó la demanda de desalojo, sosteniendo que la demandada acreditó derechos posesorios suficientes para justificar su ocupación, por lo que el juicio de desalojo no es procedente en este caso. La decisión se basa en la insuficiencia de alegaciones de la actora para desvirtuar esa posesión.

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- Quién demanda: Marta Escobar (actora), como propietaria del inmueble.

¿A quién se demanda?

Mónica Patricia Escobar (demandada), ocupante del inmueble.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La restitución del inmueble por desalojo.

¿Qué se resolvió?

Se desestima la apelación y se confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda de desalojo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es doctrina y jurisprudencia unánime que el juicio de desalojo ha sido concebido como un proceso limitado en cuanto a las cuestiones que pueden ser ventiladas en él, teniendo como objeto única y exclusivamente el lanzamiento del locatario, sub-locatario, tenedor precario, intruso o cualquier otro ocupante cuya obligación de restituir sea exigible." "En el juicio de desalojo no basta con alegar la posesión por el demandado para remitir sin más a otra vía, pues el órgano jurisdiccional debe verificar si la circunstancia apuntada es seria y no una defensa dilatoria." "La actora inició su demanda como titular registral del inmueble y acreditó actos posesorios como cercado, construcción y pago de impuestos, además de que la demandada ocupa el inmueble en calidad de dueña desde un boleto de compraventa con la inmobiliaria Marthinson SRL, vinculada a la relación jurídica del inmueble." "El juez concluye que la demandada ha demostrado la verosimilitud de su derecho de posesión, cumpliendo con el requisito del artículo 517 del Código de Procedimientos, por lo que no procede la acción de desalojo." "La jurisprudencia indica que en juicio de desalojo no puede discutirse la titularidad del dominio, sino únicamente la obligación de restituir, por lo que las cuestiones de fondo deben ventilarse en otro proceso." "La prueba documental, declaraciones y absolución de posiciones, evidencian que la actora no ha logrado desvirtuar la posesión de la demandada ni acreditar su derecho con elementos suficientes." "Por ello, corresponde rechazar el recurso de apelación y confirmar la sentencia de primera instancia."

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