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BENITEZ, ANDY FABIAN s/ PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA SIN LA DEBIDA AUTORIZACION LEGAL AGRAVADA POR CONTAR CON ANTECEDENTES PENALES CON EL USO DE ARMAS

La Cámara de Rosario confirmó la condena a Andy Fabián Benítez por portación ilegal de arma de guerra, ratificando la valoración de la prueba y la legalidad del procedimiento policial; consideró que la sentencia fue fundada y ajustada a derecho.

Valoracion probatoria Confirmacion sentencia Antecedentes penales Prueba objetiva Nulidades procesales Apelacion penal Sistema acusatorio. Portacion arma de guerra Legalidad procedimiento policial Prueba testimonios policiales


- Quién demanda: No corresponde, se trata de una impugnación del tribunal superior a una sentencia de primera instancia.

¿A quién se demanda?

La sentencia N° 978 dictada por el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia de Rosario, que condenó a Andy Fabián Benítez por portación de arma de guerra sin autorización, agravada por antecedentes penales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La defensa interpuso recurso de apelación solicitando la nulidad del procedimiento y la absolución del imputado, alegando irregularidades procesales y dudas sobre la prueba.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Rosario rechazó los agravios de la defensa y confirmó la sentencia condenatoria. La Sala consideró que la actuación policial fue legal, la prueba suficiente y la fallo fundada, sin que las nulidades alegadas afectaran garantías constitucionales o derechos procesales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó exhaustivamente las pruebas y los antecedentes del procedimiento, destacando que la noticia criminis fue objetiva y respaldada por registros de GPS y declaraciones de policías y testigos de actuación. Se rechazaron las alegaciones de irregularidades en el ingreso domiciliario, señalando que el procedimiento se ajustó a la normativa del artículo 170 del Código Procesal Penal de Santa Fe, y que la desestimación de testigos por parte del fiscal no vulneró derechos de defensa, dado que las declaraciones estaban previamente incorporadas y la estrategia probatoria fue válida. Además, se valoró la credibilidad de los testimonios policiales, la congruencia de la descripción del hecho y la identificación del arma en poder del imputado, confirmando la materialidad y participación en el delito. La sentencia de primera instancia fue considerada fundada, proporcional y ajustada a las reglas del sistema acusatorio, por lo que la Cámara confirmó la condena a 4 años y 6 meses de prisión, agravada por antecedentes, y las accesorias legales.

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