N., D. H. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL N., D. H. s/ ABUSO SEXUAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia del Colegio de Cámara de Rosario. La resolución anuló la decisión anterior por omisiones en el análisis del contexto de violencia de género y vulnerabilidad de la víctima, ordenando un nuevo pronunciamiento.
Quién demanda: La Fiscalía de la Unidad de Delitos Sexuales del Ministerio Público de la Acusación.
¿A quién se demanda?
La decisión del Colegio de Cámara de Rosario que confirmó la falta de instancia en un proceso por abuso sexual.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La anulación de la sentencia por considerar que omitió un análisis contextualizado de las manifestaciones de la víctima y las evidencias de violencia de género, vulnerando derechos constitucionales y convencionales.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia impugnada y ordenó remitir la causa para un nuevo pronunciamiento. Fundamentos principales de la decisión: La Corte consideró que la resolución de la Cámara omitió evaluar antecedentes relevantes que mostraban un contexto de violencia de género y vulnerabilidad de la víctima, incluyendo denuncias previas, informes médicos, intervenciones sociales y manifestaciones de la víctima, que evidencian la existencia de un patrón de violencia y la situación de vulnerabilidad. La omisión de estos aspectos constituyó un vicio que afectó la legalidad del fallo, en línea con precedentes que resaltan la importancia del análisis del contexto en causas de violencia de género. La Corte destacó que "se prescindió de evaluar el contexto de violencia en que se enmarcaban las expresiones desincriminantes" y que "la víctima fue consultada inicialmente respecto de si era intención instar la acción penal y su respuesta fue afirmativa", además de colaborar en la investigación y manifestar su deseo de habilitar la instancia penal. La sentencia de la Cámara, al no considerar estos elementos, vulneró derechos constitucionales y convencionales, justificando así la nulidad y remisión para un nuevo análisis.
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