T., L. R s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO
La Cámara de Apelaciones de Rosario rechazó el recurso de apelación del Ministerio Público de la Acusación por extemporáneo en un caso de abuso sexual y amenazas; argumentó que los plazos son perentorios y su cumplimiento es esencial para la tutela judicial efectiva.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público de la Acusación (Fiscalía).
¿A quién se demanda?
Tribunal de primera instancia que dictó la sentencia de julio de 2023.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La admisión del recurso de apelación contra la sentencia que absolvió al imputado y lo condenó por amenazas y desobediencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la apelación del MPA por ser extemporánea, considerando que el recurso fue interpuesto fuera del plazo legal de 10 días y tras las dos horas de gracia, lo que afecta el debido proceso y la seguridad jurídica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los plazos legalmente establecidos son de carácter perentorio y su cumplimiento es esencial para la tutela judicial efectiva, por lo que la interposición extemporánea del recurso por parte del MPA impide su admisión." "El ejercicio de la función fiscal no goza de la protección constitucional de la garantía de orden constitucional y, en este caso, la demora en la apelación excedió el plazo legal, por lo que la misma debe ser rechazada." "El respeto a los plazos procesales y la firmeza de la sentencia impiden su reconsideración en esta instancia, preservando los derechos y garantías constitucionales." Votos disidentes: El Dr. Javier Beltramone y la Dra. Carina Lurati adhieren a las consideraciones previas, coincidiendo en que la apelación fue mal concedida por extemporánea, y que los plazos son perentorios, por lo que se debe confirmar la inadmisibilidad.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: