GONZALEZ, SUSANA c/ MANDON, LAURA SUSANA Y OTROS s/ DESALOJO
La Cámara de Apelación de Circuito rechazó el recurso de apelación contra la sentencia que rechazó la demanda de desalojo, confirmando que el proceso se limitaba a verificar la obligación de restituir, no el dominio del inmueble, y que la posesión de los demandados era suficiente para sostener la decisión.
- Quién demanda: Susana González
¿A quién se demanda?
Laura Susana Mandon y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo del inmueble y restitución de la posesión
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda de desalojo, estableciendo que el proceso es de carácter especial y no permite discutir derechos de dominio, solo la obligación de restituir.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia fue confirmada, ya que el proceso de desalojo se limita a determinar si existe obligación de restitución, sin analizar derechos de dominio. La Cámara recordó que "el juicio de desalojo es 'Especial' porque con él solo se permite demandar la 'obligación de restituir o entregar' (art.517 CP CC), cuyo objeto es la tenencia u ocupación material de una cosa cierta, mueble o inmueble, sin analizar los derechos de posesión o dominio que necesitarían mayor sustanciación". Además, se destacó que en autos se discute la posesión de los demandados, que mantienen desde antes de la firma de un boleto de compraventa presunto, y que la documentación presentada acredita su posesión y pagos de impuestos, lo que justifica la decisión de que no corresponde un juicio de dominio. La jurisprudencia citada respalda que "las fotocopias simples de instrumentos públicos presentadas con firma del letrado patrocinante, son suficientes para descalificar la defensa de falta de legitimación activa". La Cámara concluyó que "estando en discusión el dominio del inmueble en cuestión, el juicio de desalojo resulta insuficiente para ventilar la cuestión petitoria" y por ello, rechazó el recurso de apelación, imponiendo costas a la recurrente.
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