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OVIEDO, BRENDA TERESA -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL OVIEDO, BRENDA TERESA s/ ROBO EN GRADO DE TENTATIVA, HOMICIDIO EN OCASION DE ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO Y OTROS DELITOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Brenda Oviedo contra una sentencia que confirmó su condena a 20 años por delitos de homicidio en ocasión de robo agravado y encubrimiento. La decisión se fundamenta en la falta de argumentos que demuestren arbitrariedad o vulneración de derechos constitucionales en la resolución de la Corte local.

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- Quién demanda: Brenda Teresa Oviedo, a través de su defensa.

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario por supuesta violación del debido proceso, arbitrariedad en la determinación de la pena y omisiones en el análisis de agravios en la sentencia confirmada.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial negó la concesión del recurso extraordinario, considerando que la impugnación no cumplía con los requisitos establecidos en el reglamento de la acordada 4/2007, y que los planteos reiteraban disensos con la decisión judicial sin demostrar vulneraciones constitucionales. La resolución expresó: "resulta innecesario formular mayores consideraciones de conformidad con lo ordenado por el artículo 11 del reglamento antes citado, al no avizorarse la configuración de algún supuesto que permita excepcionar la aplicación de lo dispuesto en dicha acordada."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia destaca que la recurrente no aportó argumentos con eficacia para demostrar que la Corte local desestimó la queja de manera arbitraria o lesiva de derechos constitucionales. Además, señala que los planteos de la defensa se limitaron a reiterar disensos con el fallo, sin fundamentar una vulneración constitucional concreta. La Corte también remarca que abordó las alegaciones, confrontándolas con el fallo impugnado, y que no se evidenció la existencia de un vicio propio o de alguna afectación constitucional que justifique la revisión en instancia federal. Se concluye que no se configuró ningún supuesto habilitante para conceder el recurso extraordinario, por lo que se deniega la solicitud.

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