BLASI, CLAUDIA Y JUAREZ, CLAUDIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BLASI, CLAUDIA; JUAREZ, CLAUDIO s/ APELACION MULTIPROPOSITO (CESE DE ESTADO ANTIJURIDICO) PERTENECIENTE A LA CARPETA JUDICIAL ESCOBEDO, ELSA RAMONA c/ BLASI, CLAUDIA Y JUAREZ, CLAUDIO s/ SOLICITA CESE DE ESTADO ANTIJURIDICO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto contra la resolución que confirmó el cese del estado antijurídico y ordenó restitución de inmueble a favor de la denunciante. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de requisitos formales y sustantivos en el recurso presentado.
Actor: La defensa técnica de Claudia Blasi y Claudio Juárez Demandado: La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (en instancia superior) Objeto: La concesión del recurso extraordinario contra la resolución que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad, solicitando revisión de la decisión que confirmó el cese de estado antijurídico y restitución de inmuebles Decisión: La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que la presentación no cumplió con los requisitos del artículo 3 del reglamento de admisibilidad, y que los argumentos esgrimidos reiteraban cuestionamientos ya resueltos, sin demostrar arbitrariedad ni lesión constitucional
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte examinó el escrito de recurso y constató que no cumplía con los requisitos de crítica razonada y fundamentación exigidos por el artículo 3 del reglamento acordado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Se resaltó que la recurrente insistía con planteos ya abordados previamente sin aportar argumentos efectivos que demostraran que la decisión impugnada fuera contraria al derecho invocado. Además, se recordó que las resoluciones relativas a medidas cautelares no constituyen sentencias definitivas, salvo que medie agravios irreparables, lo cual no ocurrió en este caso. La Corte concluyó que los motivos invocados no permitían superar la ausencia de requisitos para la admisión del recurso y, por ende, denegó la concesión.
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