YASKIEVICZ, MIGUEL ANGEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL YASKIEVICZ, MIGUEL ANGEL s/ HOMICIDIO DOLOSO CALIFICADO ABUSANDO DE SU FUNCION COMO POLICIA, AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE ALLANAMIENTO ILEGAL, EN CALIDAD DE AUTOR-APELACION DE SENTENCIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial desestima la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que confirmó parcialmente una condena por homicidio agravado y allanamiento ilegal. La decisión se fundamenta en la insuficiencia de los agravios y la correcta valoración de la prueba por parte del tribunal de grado.
- Quién demanda: La defensa de Miguel Ángel Yaskievicz
¿A quién se demanda?
La decisión del Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Rosario (acuerdo 184 del 3 de mayo de 2024)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo que confirmó parcialmente la condena, alegando violaciones a garantías constitucionales, ilegalidad probatoria, arbitrariedad en la motivación y vulneración de derechos constitucionales, incluyendo garantías del debido proceso, defensa en juicio, imparcialidad, y principio de inocencia.
¿Qué se resolvió?
La Corte desestima la queja, confirmando que los agravios no cumplen con los requisitos formales y sustanciales para su aceptación, y que la fundamentación del tribunal de grado es sólida, razonada y compatible con la normativa constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal señala que la quejosa presenta un relato incompleto y sesgado de los hechos, limitándose a reiterar sus agravios de apelación sin aportar una fundamentación suficiente que relacione los vicios constitucionales alegados con las decisiones concretas del tribunal. "La impugnante, al desarrollar los antecedentes del caso, se conforma con un suscinto y parcializado relato de lo ocurrido en la causa, haciendo hincapié en los agravios que sustentaron su recurso de apelación para luego formular sus planteos constitucionales frente a una mención sesgada de ciertos fragmentos de la resolución de Alzada." Además, el tribunal destaca que la valoración probatoria fue adecuada y que la fundamentación de la sentencia de grado es suficiente y coherente. "La Cámara tuvo en cuenta otros elementos objetivos para sustentar su conclusión, tales como los registros de GPS de los móviles policiales que arribaron al lugar y de llamadas al 911, así como los dichos de testigos y peritos balísticos." En cuanto a los agravios sobre ilegalidad probatoria y garantías constitucionales, el tribunal afirma que "la mera alusión a normas y principios de raigambre constitucional no determina por sí misma la admisión del recurso de inconstitucionalidad", y que no se demostró la relación directa entre las supuestas violaciones y las decisiones concretas, ni que estas hayan afectado derechos constitucionales de manera efectiva. Finalmente, en relación a la pena, se expresa que los argumentos del recurrente son insuficientes y que la valoración punitiva fue adecuada. La resolución concluye que no existen elementos que permitan aceptar la queja y que la decisión del tribunal de grado es fundada y razonable.
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