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PARED, BRANDON MIJAEL s/LESIONES CULPOSAS GRAVISIMAS AGRAVADAS POR EL MEDIO EMPLEADO, ABANDONO DE PERSONAS, PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA Y TENENCIA ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL

La Cámara de Rosario confirma la resolución que rechazó la unificación de penas solicitada por la defensa de Brandon Pared. El tribunal argumenta que el tiempo de prisión preventiva en un proceso anterior sin condena definitiva no puede ser computado para la unificación de penas en un proceso posterior, conforme a la normativa y jurisprudencia aplicable.

Recurso de apelacion Jurisprudencia corte suprema Cumplimiento de requisitos legales Unificacion de penas Computo de prision preventiva Articulo 58 cp Codigo penal argentina Absolucion firme Prision preventiva en procesos anteriores Fallo castelli 2022


- Quien demanda (Actor): La defensa de Brandon Mijael Pared, representada por el Dr. Enrique Fernando Sirio. Demandado: La resolución de la Jueza Melania Carrara del 22/08/2023, del Colegio de Jueces Penales de Rosario. Objeto: La unificación de penas, específicamente el cómputo del tiempo de prisión preventiva en un proceso por delitos cometidos en 2021, en un proceso anterior ante el fuero de menores que culminó en sentencia absolutoria y firme. Decisión: La Cámara confirma la resolución de primera instancia, rechazando la pretensión de unificación por no cumplirse los requisitos legales y jurisprudenciales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El caso planteado no se adecúa a ninguna de las hipótesis de unificación previstas en el artículo 58 del Código Penal, por lo que el pedido de 'unificación de tiempos de prisión preventiva' carece de un sustento legal que permita su admisión." "La Corte Suprema ha establecido que el tiempo de detención cautelar en otros procesos, sin condena, solo puede ser tenido en cuenta si cumplen con los requisitos de unificación (artículo 58 del Código Penal)." "El tiempo en prisión preventiva en causa anterior, que culminó en absolución, no puede ser computado en el proceso actual, pues la absolución adquirió firmeza antes de los hechos que dieron origen a la condena presente." "La interpretación del artículo 24 del Código Penal propuesta por la defensa no respeta la normativa ni la jurisprudencia, pues no se puede considerar como parte del tiempo de pena la privación de libertad en causa sin condena definitiva." "El fallo de la Corte Suprema en el caso 'Castelli' del 3 de mayo de 2022, reafirmó que solo se puede considerar el tiempo en prisión en procesos donde exista condena unificable, no en causas en las que la absolución fue firme antes del hecho reciente." "Por todo ello, corresponde rechazar los agravios y confirmar la resolución de primera instancia."

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