DELLA CROCHE, OMAR RAMON c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la provincia deniega el recurso extraordinario por inadmisibilidad, confirmando la decisión de rechazar el recurso de inconstitucionalidad y la queja por denegación, fundamentada en la cumplimiento formal y en la valoración de los agravios del recurrente.
- Quién demanda: Omar Ramón Della Croche
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe y Corte Suprema de Justicia de la Nación (en instancia extraordinaria)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise una resolución de la Corte local que negó el recurso de inconstitucionalidad y la queja por denegación, alegando arbitrariedad, vulneración de derechos constitucionales y errores en la valoración probatoria y procesal.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de la provincia denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que no se cumplieron los requisitos formales y sustantivos para su admisión, y que los agravios del recurrente carecían de entidad suficiente para justificar la apertura de la instancia extraordinaria. La sentencia argumentó que el recurso fue presentado con defectos formales y que los agravios reiteraban posiciones ya resueltas en instancias previas, que no involucraban cuestiones de fondo susceptibles de revisión en sede federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal explicó que el recurso de inconstitucionalidad no cumple con los recaudos de la acordada 4/2007, particularmente en no efectuar una crítica razonada y sistemática de la sentencia atacada ni demostrar relación directa entre las normas federales invocadas y la resolución judicial. Se puntualizó que el recurrente repite posiciones ya analizadas y rechazadas en instancias anteriores, reduciendo su planteo a una mera disconformidad con el fallo. Además, se resaltó que la revisión federal requiere la existencia de circunstancias fácticas y jurídicas que justifiquen la apertura de la recurso, las cuales no estaban presentes. La Corte concluyó que el recurso fue presentado sin fundamento suficiente y que no existían elementos que permitieran excepcionar la aplicación de la acordada 4/2007, por lo que se denegó la concesión con costas. La ampliación de fundamentos del Ministro Falistocco agregó que el tribunal valoró la prueba que acreditaba la conducta del recurrente, la adecuada valoración del proceso y que las quejas reiteradas no constituían errores flagrantes que justifiquen la revisión extraordinaria, manteniendo la fundamentación y decisión de la instancia inferior.
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