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I., N. M. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL I., N. M. s/ ABUSO SEXUAL SIMPLE DOBLEMENTE AGRAVADO, ETC.- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja contra la confirmación de la condena por abuso sexual agravado. La decisión se fundamenta en la valoración racional y fundada de las pruebas, sin arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales.

Arbitrariedad Recurso de queja Garantias constitucionales Valoracion probatoria Sentencia confirmatoria Derecho penal Abuso sexual agravado Revision constitucional Principios de defensa y debido proceso Pena y individualizacion

Actor: La defensa técnica de N. M. I. Demandado: La Corte provincial, en su carácter de tribunal superior de la provincia. Objeto: La revisión de la denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia condenatoria por delitos de abuso sexual, alegando arbitrariedad, vulneración de garantías constitucionales y principios de defensa en juicio, debido proceso, inocencia y legalidad. Decisión: La Corte rechazó la queja en su totalidad, confirmando que los agravios no demostraron vulneración constitucional alguna, y que la valoración probatoria por los tribunales inferiores fue racional, fundada y ajustada a derecho. La decisión se apoyó en que los argumentos de la defensa carecían de suficiencia para configurar arbitrariedad o violación de derechos constitucionales, y que la valoración de las pruebas, incluyendo testimonios y registros, fue adecuada y razonable. La Corte también sostuvo que los agravios respecto a la pena y su individualización no constituyen cuestiones constitucionales, sino de valoración legal propia de la instancia de juicio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó la valoración de la prueba testimonial y pericial, destacando que la conclusión de la Cámara de Apelaciones fue coherente con las constancias de la causa y que no existió arbitrariedad en la valoración. Rechazó la alegación de que la declaración de la víctima y las demás pruebas no fueran suficientes o que la valoración hubiera sido parcializada. Además, afirmó que los cuestionamientos sobre la pena estaban dirigidos a la valoración de hechos y criterios de individualización, que no son materia de revisión constitucional. La sentencia citó fallos y principios que respaldan la racionalidad en la valoración probatoria y la imposibilidad de revisar cuestiones de hecho en sede constitucional.

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