V. L., O. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL V. L., O. A. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL DOBLEMENTE AGRAVADO-APELACION SENTENCIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
El recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de V. L. fue rechazado por extemporáneo y por no cumplir los requisitos de admisibilidad. El tribunal consideró que las alegaciones solo expresaban disconformidad con la decisión y no demostraron arbitrariedad o violación constitucional.
- Quién demanda: defensa de V. L., O. A.
¿A quién se demanda?
Tribunal de la Corte de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
que se admita el recurso de inconstitucionalidad federal por supuesta violación constitucional en el rechazo del recurso previo
¿Qué se resolvió?
se denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando la decisión de rechazo por extemporaneidad y falta de fundamentos adecuados
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El remedio deducido no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3 incisos d) y e) del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al no efectuar una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando la motivación enunciada por el Tribunal Superior de la causa, ni demostrar que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales aludidas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho federal invocado."
"Al respecto, este Tribunal -en oportunidad de rechazar la queja por extemporaneidad del remedio extraordinario
- sostuvo que de las constancias de la causa surgía que entre la fecha de notificación a la defensa y al imputado de la resolución impugnada y la interposición de la pieza impugnatoria había transcurrido un lapso superior al dispuesto por la ley. Y en esta instancia, pese al esfuerzo realizado por la recurrente, sus manifestaciones vinculadas a un mero error material de la defensa técnica respecto de la fecha de notificación de la sentencia de Cámara y su consecuente impacto en el derecho de defensa del encartado, lucen desconectadas de la realidad de la causa y por tanto, carentes de decisividad para conmover lo resuelto."
"No resulta adecuada la vía del recurso de inconstitucionalidad si solo se traduce en disconformidad con la decisión y no se demuestra arbitrariedad o violación constitucional, además de que la presentación no cumple con los requisitos formales y sustanciales exigidos por la normativa aplicable."
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