GODOY, YOLANDA REYES c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe confirmó la procedencia del recurso de Yolanda Reyes Godoy, ordenando la revisión y reajuste de su haber previsional, debido a la ilegitimidad de los descuentos y la insuficiencia del beneficio, en línea con los criterios jurisprudenciales y constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Yolanda Reyes Godoy, promovió recurso contencioso administrativo contra la Provincia de Santa Fe por denegación presunta y por incumplimiento en el reajuste de su haber previsional, alegando desproporcionalidad con respecto a los haberes en actividad. La demandada negó la pretensión argumentando la correcta aplicación del sistema de movilidad y que la prueba no fundaba la procedencia del reclamo. La Cámara concluyó que la reducción del 20% aplicada a la jubilada fue ilegítima y que su haber no guardaba razonable proporcionalidad con los haberes activos, en particular respecto a períodos posteriores a 2016. La sentencia ordena la revisión y el reajuste del haber, considerando la inconstitucionalidad de los descuentos y la insuficiencia del beneficio, en línea con la jurisprudencia local y nacional, y establece que la Administración debe practicar una nueva liquidación en un plazo de 30 días. La decisión se fundamenta en el derecho a la movilidad previsional y la protección del derecho social a una jubilación digna, con cita de casos como "Lagger", "Gioielli" y "Consolini". En los aspectos constitucionales, se enfatiza la obligación del Estado de garantizar una jubilación proporcional y adecuada, respetando los principios de razonabilidad y progresividad en la movilidad previsional.
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