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R., J. E. s/ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON LA VICTIMA MENOR DE 18 AÑOS DE EDAD

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena de 11 años de prisión a J. E. R. por abuso sexual gravemente ultrajante contra su sobrina menor de edad, rechazando la petición de reducción de pena y de percepción de culpabilidad disminuida basada en su historia familiar y psíquica.

Recurso de apelacion Prueba Abuso sexual infantil Valoracion probatoria Danos psiquicos Responsabilidad penal Contexto familiar Pena de 11 anos Reproche disminuido Justicia penal rosario.


- Quién demanda: J. E. R. (imputado)

¿A quién se demanda?

Justicia Penal de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la sentencia condenatoria, reducción de la pena, y reconocimiento de culpabilidad disminuida por condiciones psíquicas y contexto familiar

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la pena de 11 años de prisión y rechazando los agravios de la defensa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia valoró que las pruebas probatorias demostraron la reiteración y gravedad de los abusos sexuales perpetrados por R. durante aproximadamente cinco meses, en un contexto de vulnerabilidad de la víctima y uso de amenazas. La Cámara consideró que los informes psicológicos y testimoniales aportados por la defensa no lograron demostrar una disminución del reproche, dado que no se probó que los abusos sufridos en la infancia hubieran afectado la capacidad de autodeterminación del imputado en el momento de los hechos. El tribunal destacó que R. tenía plena conciencia de sus acciones, como lo evidencian su declaración y la admisión de responsabilidad, y que los daños en la víctima C. eran irreparables. La pena de 11 años fue considerada proporcional y adecuada, en línea con la gravedad del delito y las circunstancias personales del imputado, incluyendo su historia familiar y antecedentes. La defensa intentó justificar una disminución del reproche, pero no logró presentar pruebas concluyentes, y los informes teóricos no fueron considerados suficientes para alterar la valoración probatoria. La Cámara afirmó que la escala penal parte de un mínimo de 8 años, y que la sentencia no puede ser modificada por la defensa, ya que no se evidenció desproporcionalidad o arbitrariedad.

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