VAMPOCKE, ABEL ALBERTO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR LA UTILIZACION DE UN ARMA DE FUEGO Y PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL
La Cámara de Apelaciones confirma la condena de Abel Alberto Vampocke por homicidio agravado tras evaluar pruebas y agravios de la defensa, concluyendo que no se acreditan circunstancias de legítima defensa y que la sentencia es adecuada a las pruebas colectadas.
Actor: Abel Alberto Vampocke (acusado). Demandado: Abel Alberto Vampocke (persona condenada). Objeto: Que se revoque la sentencia de primera instancia que lo condenó por homicidio agravado y se dicte su absolución por legítima defensa o, subsidiariamente, una reducción de la pena por error de hecho. Decisión: La Cámara confirma la condena, rechazando los agravios de la defensa y validando la valoración probatoria realizada por el tribunal de primera instancia, en particular la credibilidad del testimonio de Speerli y las pruebas balísticas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No se advierte, ni se ha hecho saber cuál puede haber sido el perjuicio que le irrogara que la declaración del perito balístico Niz se tomara vía aplicación 'Zoom' — metodología que ha sido receptada por la propia CSJSF —, sin que pueda advertirse de qué manera ello afectó sus posibilidades de examen y contra examen, por lo que no se verifica menoscabo alguno a sus derechos y garantías constitucionales. Tampoco, y más allá de la postura que se tenga acerca de la comunidad de prueba o no en el actual sistema procesal adversarial, la circunstancia que la fiscalía haya desistido del perito de AIC, en tanto tampoco hace saber qué defensas le impidió oponer, ni su relevancia, máxime cuando el mismo acusado entregó su celular, en el cual podría haberse verificado una comunicación con la víctima si la hubiera, y por otra parte, esgrime sospechas sobre presuntas actividades — se entienden ilícitas — que podría haber develado, pero que en nada hacen al hecho que nos ocupa." Además, se valora que la valoración de la prueba y los testimonios, en conjunto, permiten concluir que no hubo provocación suficiente por parte de la víctima, y que la versión de la legítima defensa invocada no fue acreditada por las pruebas. La sentencia de primera instancia, con fundamentación sólida, fue correctamente confirmada.
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