O., L. C. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL VINCULO Y POR HABER SIDO COMETIDO APROVECHANDO LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena de 13 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado y mantuvo la validez de la sentencia pese a una demora de tres días en la fundamentación, considerando que no hubo afectación al derecho de defensa ni al debido proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe revisó la sentencia N° 138 dictada por el Tribunal de Primera Instancia que condenó a L. C. O. a 13 años de prisión por abusar sexualmente de su hija menor de edad, C. O. La defensa alegó nulidad por demora en la fundamentación y cuestionó la valoración de las pruebas, especialmente los testimonios de las profesionales y testigos, así como la validez de la retractación de la víctima. La fiscal defendió la validez del fallo y la valoración probatoria, destacando que la demora en la fundamentación no causó perjuicio concreto y que las pruebas reunidas, incluyendo los relatos de la víctima, testimonios de testigos confiables y el contexto de vulnerabilidad, acreditaron la materialidad y responsabilidad del imputado. La Cámara concluyó que no se acreditó afectación al derecho de defensa ni vulneración procesal y que la valoración de las pruebas fue adecuada, por lo que confirmó la sentencia de condena. Se consideró además que la retractación de la víctima no desvirtúa la credibilidad de la prueba y que la relación de autoridad del imputado justificaba la calificación legal. La mayoría de los jueces coincidieron en que la sentencia fue debidamente fundamentada y ajustada a derecho, rechazando los agravios de la defensa.
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